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Trabajo no registrado
o en negro
DENUNCIA

 
 
 

 
 
 
 
 
 

 
 
 
 
 

 
  • Bell Ville



En el Artículo 2º de dicha Resolución se establece que "se suspende el deber de asistencia al lugar de trabajo, con goce íntegro de sus remuneraciones, a todos los trabajadores/ras que se encuentren en las situaciones descriptas en el Artículo 7º del DNU 260-2020 ("casos sospechosos", "confirmación médica" y "contactos estrechos").-

Fecha: 09/11/2020




Esta normativa prorroga el aislamiento y/o distanciamiento desde el 09-Nov-2020 y hasta el 29-Nov-2020 inclusive,  citando en el Artículo 24º que "?los trabajadores/ras mayores de 60 años de edad están dispensados/das del deber de asistencia al lugar de trabajo, aplicándose en los mismos términos a embarazadas, a personas incluídas en los grupos de riesgo definidos por el Ministerio de Salud de la Nación y a aquellas personas cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado de niños/as o adolescentes".-

Cabe aclarar que los trabajadores/ras exceptuados de prestar tareas deben percibir su remuneración mensual de manera habitual.-


Fecha: 09/11/2020




DISPOSICIONES DEL COE PROVINCIAL:

Conforme el Protocolo establecido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba (inciso 11, cláusula a, punto 4), el COE provincial determinó -entre otros temas- que "el dueño del local será el encargado de proveer los elementos esenciales de bioseguridad, tanto a los empleados (alcohol en gel, soluciones alcohólicas, equipos de protección, barbijo no quirúrgico) como a los clientes (alcohol en gel)".-

Fecha: 09/11/2020




Una Madre es capaz de dar todo sin recibir nada. De querer con todo su corazón sin esperar nada a cambio. De invertir todo en un proyecto sin medir la rentabilidad que le aporte su inversión. Una Madre sigue teniendo confianza en sus hijos cuando todos los demás lo han perdido. El Centro Empleados de Comercio Filial Bell Ville - Cba, les desea a todas las madres en especial a las Mercantiles un:


¡¡¡.. FELIZ DÍA DE LA MADRE.....!!!

Fecha: 14/10/2020




MODIFICACION DE SUELDOS BASICOS A PARTIR DEL MES SEPTIEMBRE 2020:

= A los básicos vigentes desde Abril 2020, se le suman los $ 4.000.- del Decreto 14-2020 y los $ 2.000.- del Acuerdo Faecys 2019-2020.-

 ASIGNACION EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA:

= $ 5.000.- mensuales, aplicables desde el mes de Octubre 2020 a Marzo 2021 inclusive.-

= Se debe adicionar la antigüedad y el presentismo.-

= Sólo se deben efectuar retenciones de obra social y sindicato.-

 

APORTE ADICIONAL CON DESTINO A OSECAC:

= Se mantienen los $ 100.- para todos los empleados de comercio incluídos en el C.C.T. 130/75.-

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 ACLARACIONES:

 1)      Con la incorporación al básico de Septiembre 2020 de los $ 4.000.- + $ 2.000.-, se modifican los importes de los adicionales de Antigüedad y Presentismo; si se liquidaron haberes con la escala salarial anterior (sin la incorporación de los $ 6.000.-), la diferencia se puede incluir en la liquidación de los haberes del mes de Octubre 2020, con el concepto ?Adicionales Art.1º Acuerdo 07-10-2020?.-

2)      Los $ 5.000.- mensuales, de Octubre 2020 a Marzo 2021, son proporcionales a la jornada de trabajo.-

3)      El acuerdo salarial fue firmado entre Faecys y las Cámaras Empresarias mercantiles (CAC - CAME - UDECA) con fecha 07-10-2020; se encuentra pendiente de Homologación por parte del Ministerio de Trabajo.-

Fecha: 09/10/2020




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